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martes, 20 de enero de 2015

USCIS:¿Qué debe hacer para sus Peticiones a DACA

USCIS:¿Qué debe hacer para sus Peticiones a DACA

Recordatorio sobre Peticiones a DACA

Si usted solicita Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia (DACA, por sus siglas en inglés), ya sea petición inicial o renovación de la misma, debe presentar elFormulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, junto con las tarifas requeridas. USCIS rechazará su petición si no presenta el Formulario I-765, las tarifas correspondientes, elFormulario I-765WS, Hoja de Trabajo del Formulario I-765 (PDF en inglés) y el Formulario I-821D, Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia. Para instrucciones detalladas sobre cómo pedir DACA, vaya a la página Consideración de Acción Diferida para los Llegados en la Infancia.

Si va a solicitar renovación de su DACA, USCIS le exhorta a presentar su petición de renovación entre 150 y 120 días antes de la fecha de caducidad que aparece en su Formulario I-797, Notificación de Aprobación, y en su Documento de Autorización de Empleo. Presentar su petición durante este plazo disminuirá las posibilidades de que caduque su periodo vigente de DACA antes de que reciba la decisión sobre su petición de renovación.

El objetivo de USCIS es procesar las peticiones de renovación de DACA dentro del plazo de 120 días. Sin embargo, usted podría enviar una consulta sobre el estatus de su petición de renovación luego de que éste haya estado pendiente durante más de 105 días. Para enviar una consulta, visite egov.uscis.gov/e-request o llame al Centro Nacional de Servicio al Cliente al1-800-375-5283. (TDD para personas con discapacidades auditivas: 1-800-767-1833).
USCIS Espanol

miércoles, 12 de noviembre de 2014

Del 12 al 15 de noviembre el Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente, estará disponible en USCIS ELIS

Del 12 al 15 de noviembre el Formulario I-90, Solicitud para reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente, estará disponible en USCIS ELIS

El 12 de noviembre de 2014, USCIS hará que el Formulario I-90, Solicitud para Reemplazar la Tarjeta de Residente Permanente, esté temporeramente disponible en el Sistema Electrónico de Inmigración de USCIS (USCIS ELIS). Estaremos siguiendo un plan de dos etapas en el lanzamiento de la integración del Formulario I-90. La primera etapa será una introducción limitada de 72 horas, que se extenderá desde el 12 de noviembre de 10:00 am hora del este hasta las 10:00 am hora del este del 14 de noviembre. Como parte de este esfuerzo, USCIS procesará y adjudicará formalmente los Formularios I-90 que se presenten a través de USCIS ELIS durante el período de introducción limitada. La segunda etapa se llevará a cabo a principios de 2015, cuando el Formulario I-90 sea integrado plenamente al sistema USCIS ELIS.

¿Por qué debo participar?
  • Sea uno de los primeros en experimentar nuestro proceso de solicitud electrónica rediseñado
  • Presente un Formulario I-90 electrónicamente, presente sus evidencias y pague la tarifa del formulario, todo en una sola transacción
  • Tenga acceso a información específica y oportuna sobre el estatus de su caso y
  • Provea información valiosa para ayudarnos a mejorar su experiencia general con el sistema USCIS ELIS.

¿Cómo puedo participar?
Por favor, visite nuestro sitio web en USCIS ELIS durante la introducción limitada que explicamos anteriormente. Recuerde que debe crear una nueva cuenta en USCIS ELIS para participar. Una vez creada su cuenta, usted puede comenzar el proceso de su solicitud I-90.

Las personas que decidan participar deberán iniciar un Formulario I- 90 en USCIS ELIS antes que termine el tiempo de introducción limitada y tendrán 30 días para completar y enviar el Formulario I-90 ya iniciado en USCIS ELIS. Si no puede completar su Formulario I-90 dentro de 30 días, USCIS eliminará su solicitud en línea y usted tendrá que presentar el Formulario I-90 impreso.

¿Quién puede participar?
Los residentes permanentes que necesiten reemplazar o renovar su tarjeta de residente permanente pueden participar. Aquellos que participen podrían ser invitados a completar una encuesta anónima de USCIS acerca de su experiencia, o participar en una sesión de comentarios. La participación en la encuesta o en la sesión de comentarios es completamente voluntaria y no tendrá impacto en la adjudicación de su solicitud.

Los abogados y representantes acreditados no pueden presentar el Formulario I-90 en USCIS ELIS durante la introducción limitada. Los abogados, representantes acreditados y clientes que no quieran presentar por vía electrónica a través de USCIS ELIS podrán presentar el Formulario I-90 impreso.

Para obtener más información
Si usted tiene alguna pregunta acerca de esta iniciativa, incluyendo cómo presentar el Formulario I-90 a través de USCIS ELIS, por favor póngase en contacto con nuestro Centro de Contacto para el Cliente en: https://egov.uscis.gov/cris/contactus.

Gracias por su interés en USCIS ELIS. Su participación nos ayudará a seguir mejorando y modernizando el proceso de presentación y adjudicación de beneficios de inmigración. En 2015, USCIS planifica implementar plenamente el Formulario I-90 en USCIS ELIS, a base de los comentarios que recibamos.

Para obtener más información sobre USCIS y sus programas, visite www.uscis.gov/ espanol o síganos en Twitter (@uscis_ES), YouTube (/uscis) USCIS el blog en español Compás.

miércoles, 3 de septiembre de 2014

viernes, 15 de agosto de 2014

Ayudas migratorias relacionadas con la epidemia del ébola para ciudadanos de Guinea, Liberia y Sierra Leona que están en Estados Unidos

Ayudas migratorias relacionadas con la epidemia del ébola para ciudadanos de Guinea, Liberia y Sierra Leona que están en Estados Unidos



El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) monitorea de cerca el brote de ébola en África Occidental. USCIS ofrece medidas de ayuda migratoria a los ciudadanos de esos tres países que están actualmente en Estados Unidos.
Las ayudas migratorias que podrían estar disponibles para los que soliciten incluyen:
  • Cambio o extensión de estatus de No Inmigrante para una persona que está actualmente en los Estados Unidos, aún si la petición es presentada luego que caduque el periodo autorizado de admisión
  • Extensión de ciertas otorgaciones de permiso adelantado por parte de USCIS
  • Adjudicación y aprobación expedita, cuando sea posible, de Solicitudes de Autorización de Empleo fuera del campus universitario para estudiantes en estatus F-1 en condiciones de dificultad económica extrema
  • Procesamiento expedito de peticiones de inmigrantes para familiares inmediatos (que estén actualmente en Estados Unidos) de ciudadanos estadounidenses
  • Adjudicación expedita de Solicitudes de Autorización de Empleo, cuando sea apropiado
  • Consideración de exención de las tarifas asociadas con las solicitudes de beneficios de USCIS.
Para conocer más acerca de cómo USCIS provee ayuda a personas afectadas por circunstancias imprevistas en su país de origen, visite nuestra página "Situaciones Especiales".
Para más información acerca de USCIS y sus programas, visite www.uscis.gov/es, llame al Centro Nacional de Servicio al Cliente al 1-800-375-5283, o síganos en Facebook (/uscis), Twitter (@uscis_es), YouTube (/uscis) y el blog de USCIS Compás.