lunes, 18 de agosto de 2014

Estados Unidos restringe vuelos de sus naves sobre Siria

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Declaración de la FAA - Nuevo aviso a los aviadores Emitido para Siria

La Administración Federal de Aviación emitió hoy un nuevo aviso a los aviadores (NOTAM) restringir los operadores estadounidenses de volar en el vuelo Región de Información de Damasco, que incluye toda Siria. Esto reemplaza el NOTAM actual en el lugar que recomienda encarecidamente a los operadores estadounidenses contra volar en el espacio aéreo y las obliga a ponerse en contacto con la FAA antes de que operan en ese espacio aéreo. Sobre la base de una evaluación actualizada de los riesgos asociados a este tipo de operaciones y la falta de solicitudes de los agentes que deseen viajar en este espacio aéreo, creemos que es prudente prohibir los operadores estadounidenses de volar hacia, desde, y de Siria. El conflicto armado en curso y inestable situación de seguridad en Siria plantea una grave amenaza potencial para la aviación civil. Grupos extremistas armados en Siria se sabe que están equipadas con una variedad de armas antiaéreas que tienen la capacidad para amenazar a las aeronaves civiles. Los grupos de oposición han disparado con éxito a los aviones militares sirios el uso de estos sistemas de armas antiaéreas durante el curso del conflicto. Elementos de la oposición han advertido a las compañías aéreas civiles en contra de proporcionar servicio a Siria. Debido a la presencia de armas antiaéreas entre los grupos extremistas y los continuos enfrentamientos en varias localidades de Siria, hay una continua amenaza potencial para la aviación civil que operan en el espacio aéreo sirio.

El nuevo NOTAM reemplaza a la orientación anterior FAA para este espacio aéreo.

El texto del NOTAM lee:

! FDC 4/4936 (KFDC A0036 / 14) ZZZ PARTE 1 DE 2 DE SEGURIDAD SIRIA POTENCIALMENTE PELIGROSA SITUACIÓN-DAMASCO (OSTT) INFORMACIÓN DE VUELO REGIÓN (FIR) DEBIDO A LA SITUACIÓN DE PELIGRO POTENCIAL CREADO POR EL CONFLICTO ARMADO EN SIRIA, TODO EN OPERACIONES DE VUELO EL DAMASCO (OSTT) INFORMACIÓN DE VUELO REGIÓN (FIR) POR LAS PERSONAS DESCRITAS EN EL PÁRRAFO A continuación están prohibidas HASTA NUEVO AVISO. A. APLICABILIDAD. ESTA NOTAM aplica a: todos AÉREAS nosotros y los operadores comerciales; TODAS las personas que ejerzan los privilegios de una licencia de piloto EMITIDO POR LA FAA, sino en tanto en las personas que operen las aeronaves matriculadas en los Estados Unidos de la compañía aérea extranjera; Y TODOS LOS OPERADORES DE AERONAVES REGISTRADAS EN LOS ESTADOS UNIDOS, EXCEPTO CUANDO EL OPERADOR DE TAL avión es un transportista extranjero AIR. B. PERMITE LAS OPERACIONES. ESTA NOTAM NO PROHIBIR LAS PERSONAS DESCRITAS EN EL PÁRRAFO A DE REALIZAR OPERACIONES DE VUELO EN LA FIR DAMASCO (OSTT) Cuando dichas operaciones autorizadas por OTRA AGENCIA DEL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS CON LA APROBACIÓN DE LA FAA O POR UNA DESVIACIÓN, EXENCIÓN O CUALQUIER OTRO autorización expedida 1408182230-1412312359EST FIN PARTE 1 DE 2

! FDC 4/4936 (KFDC A0036 / 14) ZZZ PARTE 2 DE 2 DE SEGURIDAD POR EL ADMINISTRADOR. OPERADORES DEBEN LLAMAR LA FAA WASHINGTON CENTRO DE OPERACIONES EN 202-267-3333 PARA FAA AUTORIZACIÓN DE OPERACIONES. C. SITUACIONES DE EMERGENCIA. EN CASO DE EMERGENCIA QUE REQUIERE DECISIÓN INMEDIATA Y ACCIÓN PARA LA SEGURIDAD DEL VUELO, el piloto al mando de una aeronave puede diferir de dicho NOTAM EN LA MEDIDA REQUERIDA POR LA QUE EMERGENCIA. LA PROHIBICIÓN DE OPERACIONES EN EL ESPACIO AÉREO SE ESPECIFICA EN ESTE NOTAM Y LA JUSTIFICACIÓN ASOCIADO DE ESTE AVISO ESPECIAL SE-EVALUADO POR RE 31 de diciembre de 2014 ESTA NOTAM ES UNA ORDEN DE EMERGENCIA Expedido en virtud de 49 USC 40113 (A) Y 46105 (C). 1408182230-1412312359EST FIN PARTE 2 DE 2

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